Los empleados pueden utilizar el beneficio de Comida para pagar alimentación. Este saldo puede originarse como beneficio social (abonado sobre el salario del empleado), como retribución flexible, o como ambas, según elija la empresa.
Los gastos de comida están exentos de IRPF hasta 220 al mes o 2.420€ al año. Si la empresa decide pagar una cantidad mayor, la diferencia se tributará.
Los empleados pueden pagar con su tarjeta Coverflex en restaurantes, cafeterías, bares y servicios de entrega a domicilio en los que acepten Visa, tanto de forma física como online.
La prestación de alimentación está exenta de IRPF en todas las regiones fiscales.
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